La OMIC informa sobre la ampliación gratuita de los plazos en los préstamos inmobiliarios

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) informará a las personas que lo soliciten de los detalles del nuevo acurdo del gobierno que permite la ampliación de los plazos de los préstamos inmobiliarios sin ningún coste para los usuarios.

Esta medida va dirigida a todas las personas físicas que sean titulares de un préstamo hipotecario concedido por una entidad de crédito, el destino del cual sea la construcción, la rehabilitación o la adquisición de su vivienda habitual.La operación consiste en modificar el plazo de amortización del préstamo, ampliándolo. Es necesario que la entidad de crédito esté de acuerdo en realizar la ampliación; o sea, la entidad no está obligada a aceptar esta modificación. La consecuencia inmediata de ampliar el plazo del préstamo es la reducción de la carga financiera, ya que la cuota que se tendrá que pagar mensualmente será inferior. Normalmente esta operación tiene una carga fiscal y comporta unos gastos notariales y registrales, pero gracias a este acuerdo firmado entre los sectores implicados, en la actualidad y hasta el 22 de abril de 2010, los usuarios no tendrán que pagar ninguna comisión bancaria, ni gastos notariales ni registrales y, además, la operación está exenta del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Sin embargo no hau que olvidar que el hecho de ampliar el plazo del préstamo supone que se tendrá que estar más años pagando y, por lo tanto, al final de la vida del crédito se habrán pagado más intereses. Éste es el principal inconveniente de esta medida. Asímismo, si posteriormente se decide reducir el plazo o cancelar anticipadamente el préstamo, habrá que hacer frente a todos los gastos que la nueva operación comporte.Antes de decidirse a realizar esta operación conviene estudiar muy bien su oportunidad, ya que si en la actualidad el plazo del préstamo es muy largo, la reducción de la cuota que se conseguiría si se solicita la ampliación puede ser muy reducida o prácticamente inapreciable por la economía familiar. Por último, es preciso recordar que si se acuerda cualquier otro modificación del préstamo (por ejemplo, cambiar el tipo de interés o ampliar el capital), no se podrá beneficiar de la gratuidad de los gastos notariales y registrales.