Ayudas para pagar el impuesto sobre bienes y inmuebles (IBI), subvenciones a la vivienda para personas mayores de 65 años

Del 19 de septiembre al 11 de octubre (ambos inclusive), las personas mayores de 65 años, propietarias de la vivienda donde viven, que tengan unos ingresos iguales o inferiores a 1,5 veces el IPREM y viven solas , podrán solicitar subvenciones para la vivienda.

Para presentar solicitudes, hay que pedir cita previa por teléfono (93 462 40 00), de 9.00 a 14.30 h, o clicad aquí. De hecho, con estas nuevas fechas se amplía el plazo de solicitud de las ayudas.

Los interesados deben tener en cuenta las derivaciones implícitas en esta ayuda:

  • Los datos personales se incorporarán a la base de datos nacional de subvenciones (BDNS), la cual depende del Ministerio de Hacienda y Función Pública, así como al correspondiente expediente administrativo.
  • El nombre y el apellido, el importe y el objeto de la subvención de las personas adjudicatarias serán publicados en el portal de transparencia de la web municipal, de conformidad con las previsiones del artículo 15.1.c) de la Llei19 / 2014 de transparencia , acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Las cantidades recibidas serán comunicadas a la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT), dependiendo también del Ministerio de Hacienda y Función Pública, y podrán ser consideradas como ingresos patrimoniales o rendimientos del trabajo a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
  • A efectos de la Ley orgánica de protección de datos de carácter personal, los interesados ??podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad, olvido y limitación del tratamiento.