Santa Coloma de Gramenet, 30 de enero de 2015.- Esta mañana se ha reunido en el Ayuntamiento la Comisión especial de seguimiento de la acusación particular que ejerce esta institución pública en el llamado caso “Pretoria”. Comisión que se creó en julio del 2010 y que está formada por representantes de todos los grupos políticos con representación en el Ayuntamiento. En la reunión de hoy, se ha dado cuenta de las últimas actuaciones y de que se ha formalizado la presentación del Ayuntamiento como acusación particular en las diligencias que se tramitan en el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, con el número 372/2009, más conocidas como “Operación Pretoria”.
El Ayuntamiento ha presentado el escrito de acusación y la petición de apertura de juicio oral contra el que fuera alcalde de esta ciudad, Bartolomé Muñoz Calvet, y contra Luis García, Manuel Carrillo, José Singla y Manuel Valera, por los hechos delictivos cometidos en relación con dicha “Operación Pretoria” y la empresa Limasa. En el documento acusatorio, el Ayuntamiento considera probado que Bartolomé Muñoz, en su condición de alcalde, obtuvo importantes ganancias ilícitas aprovechándose del cargo que ostentaba. En este sentido, se expone que Muñoz impulsó la tramitación de una modificación de planeamiento de común acuerdo con Singla y García, con la finalidad de favorecer sus intereses a cambio de una participación económica en los beneficios.
Se expone también que Luis García, aprovechando su relación con Bartolomé Muñoz, influía y marcaba decisiones que éste tomaba y además tenía acceso a información privilegiada, lo que le permitió intermediar y obtener importantes beneficios, especulando con el precio de los terrenos conocidos como "La Pallaresa", y ello con independencia de que la modificación de planeamiento se hiciese de acuerdo con la legalidad.
Derivado de ello, José Singla obtuvo unos ingresos ilícitos de 861.318,16 euros y Luis García de 1.572.636,30 euros en el año 2003, por la venta de acciones de Centre Comercial Gramenet, SA., y de 605.346 euros en mayo de 2005, recibidos de ARD CHOILLE BV como comisión por la labor de intermediación para la venta de los terrenos.
Del escrito de acusación presentado por este Ayuntamiento destacamos de forma literal la exposición de hechos y la petición de penas, que quedan expuestos en los siguientes términos:
Bartomeu Muñoz obtuvo unos ingresos de 1.732.244,51 euros, desglosados en los siguientes conceptos:
-1.000.000 de euros, en abril de 2004 (es decir, poco antes de que se presentara la primera modificacio?n de usos), de la sociedad ZELLINGEN GESTION INMOBILIARIA, S.L. (en adelante, ZELLINGEN), que si bien era administrada por MANUEL VALERA NAVARRO, perteneci?a realmente a LUIS ANDRE?S GARCI?A SA?EZ.
Dicho pago se encubrio? mediante la firma, en escritura pu?blica de fecha 29 de marzo de 2004, de un aparente contrato de opcio?n de compra (cuyo ejercicio venci?a el siguiente mes de noviembre) de diversos locales comerciales entre -por un lado- la sociedad ZELLINGEN, (que no tuvo actividad alguna desde su creacio?n en el an?o 2003 y hasta su extincio?n en el an?o 2005) y -por el otro- la madre de BARTOLOME? MUN?OZ CALVET, pacta?ndose como prima para la ficticia opcio?n de compra la suma de 1.000.000 de euros (equivalente a un 33% del precio que se fijo? para la compraventa), que se abono? los siguientes di?as 1 y 28 de abril de 2004 mediante dos cheques por importes de 865.040 euros y 139.959,78 euros, respectivamente.
-128.064,51 euros en el an?o 2007, mediante diversos pagos efectuados por la sociedad CITY ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, S.L. por gastos generados en inmuebles pertenecientes a BARTOLOME? MUN?OZ CALVET y su esposa.
-4.180 euros mediante la compra, en julio de 2004, en la Joyeri?a Cartier de Barcelona, de una pulsera para su esposa.
-JOSEP SINGLA BARCELO? entrego? a BARTOLOME? MUN?OZ CALVET el a?tico 2a sito en el nu?mero 16 de la calle Beethoven, de Barcelona, que compró por 600.000 euros.
Por otro lado, el Sr. Muñoz cobró ilícitamente del Sr. Carrillo 6.480 euros (repartidos en tres sobres y entregados en mano), aprovechándose de la información que tenía en razón de su cargo, sobre la adjudicación del contrato de limpieza a la empresa Limasa, y que todavía no se había aprobado ni publicado. Además, le instó a firmar un contrato de esponsorizacio?n con una entidad deportiva municipal por importe de 12.000 euros.
La acusación se concreta en las siguientes peticiones:
Para BARTOLOME? MUN?OZ CALVET
Por los delitos de cohecho a la pena total de SIETE AN?OS DE PRISIO?N, inhabilitacio?n especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, DIECIOCHO AN?OS DE INHABILITACIO?N ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PU?BLICO y MULTAS de 5.196.733,53 euros, con arresto sustitutorio de 11 meses de prisio?n en caso de impago y de 37.440 euros, con arresto sustitutorio de 4 meses de prisio?n en caso de impago.
Igualmente, se solicita el COMISO de las dádivas (ganancias ilícitas), cuyo importe asciende a 1.732.244,51 euros y a 12.480 euros.
Para LUIS ANDRE?S GARCI?A SA?EZ,
Por el delito de cohecho, la pena de CUATRO AN?OS DE PRISIO?N, inhabilitacio?n especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 3.396.733,53 euros, con arresto sustitutorio de 11 meses en caso de impago.
Para MANUEL VALERA NAVARRO,
Por el delito de cohecho, la pena de TRES AN?OS DE PRISIO?N, inhabilitacio?n especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 3.396.733,53 euros, con arresto sustitutorio de 11 meses en caso de impago.
Para JOSEP SINGLA BARCELO?,
Por el delito de cohecho, la pena de TRES AN?OS Y SEIS MESES DE PRISIO?N, inhabilitacio?n especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 1.800.000 euros, con 11 meses de arresto sustitutorio en caso de impago.
Para MANUEL CARRILLO MARTI?N,
Por el delito de cohecho, la pena de ONCE MESES DE PRISIO?N, inhabilitacio?n especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 12.480 euros, con arresto sustitutorio de 4 meses de prisio?n en caso de impago.
Un grave perjuicio al Ayuntamiento
Finalmente, y a pesar de no ser cuantificable económicamente, el Ayuntamiento hace constar ante la Audiencia Nacional el hecho de que las actuaciones llevabas a cabo por las personas antes mencionadas han causado un enorme perjuicio a la imagen, el prestigio y la consideracio?n pu?blica del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet, tanto en general como entre los propios vecinos y vecinas del municipio, quien a través de su personal, señala el documento, actuó con total corrección y legalidad.
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