Apertura de los establecimientos comerciales

El gobierno catalán ha publicado un decreto ley que clarifica la normativa aplicable en Catalunya después de la última regulación estatal de los horarios comerciales.

El gobierno de la Generalitat de Catalunya ha publicado en su diario oficial el DECRET LLEI 4/2012, de 30 de octubre, de medidas en materia de horarios comerciales y determinadas actividades de promoción. Se trata de un decreto que, de acuerdo con el comunicado del gobierno autonómico, "clarifica la normativa aplicable en Catalunya frente al Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantiza la estabilidad Presupuestaria y de fomento de la competitividad, aprobado recientemente desde el gobierno central, que, según el comunicado emitido por la Generalitat "invade competencias" propias "en materia de regulación de la actividad comercial".

La última modificación estatal normativa de horarios comerciales la encontramos en este Real Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Encontraréis las medidas de liberalización comercial y de fomento de la internacionalización empresarial a partir de la página 52.

Entre los puntos que incluye el nuevo decreto autonómico se "mantiene en 8 el número anual de domingos y festivos y en 12 horas el máximo diario que los establecimientos pueden permanecer abiertos ... entre las 22 y las 7 horas ", así como" la exclusión del horario general de los establecimientos comerciales ... de una superficie máxima de 150 m2, con una oferta orientada a productos de compra cotidiana de alimentación ".

El Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet seguirá informando sobre el desarrollo de la normativa referente a la apertura de los establecimientos comerciales.