Desde el 1 de enero, en la región metropolitana de Barcelona

Se pone en marcha la Zona de Bajas Emisiones

A partir del 1 de enero existirá una restricción a la circulación de los vehículos más contaminantes en horarios punta de circulación dentro de Barcelona por motivos de calidad del aire, con el objetivo de mejorar la calidad del aire y de vida de la ciudadanía sometida a elevados índices de contaminación atmosférica, provocada en gran medida por las emisiones de los vehículos a motor que circulan dentro de la ciudad.

Con el objetivo de velar por la calidad del aire y la salud pública, a partir del 1 de enero de 2020, se restringe permanentemente la circulación en la zona de bajas emisiones (ZBE) de todos aquellos vehículos a los que no les corresponde ningún distintivo ambiental de la DGT. Por lo tanto, en el ámbito de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) Rondas de Barcelona, no podrán circular los vehículos más contaminantes los días laborables, de lunes a viernes, de 7.00 a 20.00 h. ZBE, Rondas de Barcelona es un área de más de 95 km2 que incluye Barcelona y los municipios circundantes a las rondas. Las Rondas de Dalt y Litoral de Barcelona no están afectadas por esta restricción (B20 y B10). La Zona de Bajas Emisiones engloba todo el término municipal de Barcelona (excepto la Zona Franca industrial y el barrio de Vallvidrera, el Tibidabo y las Planes), los municipios de Sant Adrià de Besòs y L'Hospitalet de Llobregat y parte de los municipios de Esplugues de Llobregat y Cornellà de Llobregat

El porqué de estas medidas

La contaminación atmosférica repercute de manera relevante en la salud de los conciudadanos metropolitanos. La contaminación atmosférica es la responsable directa de más de 500.000 muertes prematuras al año en Europa.

Si bien la calidad del aire está mejorando lentamente, la contaminación atmosférica sigue siendo el mayor peligro para la salud ambiental en el territorio metropolitano. Según el último informe de la Agencia Europea del Medio Ambiente (EEA, 2018), la contaminación atmosférica es la responsable directa de más de 500.000 muertes prematuras al año en Europa.

Los vehículos afectados por esta restricción serán los vehículos ligeros como motos y ciclomotores (L), turismos (M1) sin etiqueta ambiental:

  • Turismos (M1) de gasolina anteriores a la norma Euro 3 (habitualmente matriculados antes de 2000) y los diesel anteriores a la norma Euro 4 (habitualmente matriculados antes de 2005 o 2006).
  • Motocicletas y ciclomotores (categoría L) anteriores a Euro 2 (habitualmente matriculados antes de 2003).

Progresivamente (a partir del 2021) también quedarán afectados las furgonetas (N1), camiones (N2, N3) y autobuses (M2, M3) sin etiqueta ambiental:

  • Furgonetas (categoría N1) de gasolina anteriores a la norma Euro 3 (habitualmente matriculados antes de 2000) y los diesel anteriores a la norma Euro 4 (habitualmente matriculados antes de 2005 o 2006).
  • Camiones y autobuses anteriores a la norma Euro 4 (habitualmente matriculados antes de 2006 o 2007).

Vehículos matriculados en el área metropolitana y en el resto del Estado

Los vehículos con etiqueta ambiental 0, ECO, C o B pueden circular sin restricciones en la ZBE Rondas de Barcelona. Si os corresponde la etiqueta ambiental de la DGT, pero la habéis perdido o no la habéis recibido, llamad al 060 y os informarán de cómo obtenerla.

Las etiquetas ambientales también se pueden adquirir o recoger en las oficinas de Correos.

Si al vehículo no le corresponde el distintivo ambiental de la DGT, consultad aquí las alternativas que tenéis.