Santa Coloma firma una declaración municipalista a favor de una contratación pública sostenible

Las ciudades firmantes denuncian que el proyecto de ley de contratos del sector público presentado por el Gobierno no garantiza la contratación pública responsable, eficiente, íntegra, transparente y sostenible.

La alcaldesa de Santa Coloma, Núria Parlon; el concejal del Área de Gobierno, Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, Carlos Sánchez; el primer teniente de la alcaldía del Ayuntamiento de Sabadell, Joan Berlanga; el concejal de Gobierno Interior del Ayuntamiento de Valencia, Sergi Campillo y el primer teniente de la alcaldía del Ayuntamiento de Barcelona, Gerardo Pisarello, han firmado este jueves 2 en el Ayuntamiento de Barcelona una declaración municipalista, en la que también se han añadido los ayuntamientos de Badalona, Pamplona y Sevilla.

Esta declaración apuesta por la promoción de la contratación pública responsable, que impulse el tejido productivo local, dando acceso a las PYMES y promoviendo la economía social y las empresas social y ambientalmente responsables. Una contratación pública que sea transparente, fiscalizable, y que se penalicen las malas prácticas empresariales, y donde se contribuya a un marco de competencia donde la contratación pública se base en la calidad, el valor social y la eficiencia, y no en la precariedad laboral y las prácticas insostenibles.

En los últimos años el potencial de la contratación pública ha sido mal aprovechado, generando en algunos casos impactos negativos. Las consideraciones de carácter laboral, social, ambiental o de igualdad de género estaban en un segundo o tercer plano respecto el criterio económico, que era el principal.

Este hecho, sumado a la disolución de muchas empresas, a la precarización de las condiciones laborales y salariales, y la falta de políticas de apoyo y fomento a las pequeñas y medianas empresas, hace de crucial importancia la promoción de la contratación pública responsable.

El texto también expone que existen dos instrumentos legales para atender estos retos, como son la Declaración del 25 de septiembre de 2015 adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (Agenda 2030 por el desarrollo sostenible), y la Directiva europea 24/2014 de contratación pública, pendiente de transposición en España.

La declaración denuncia que el gobierno del Estado ha presentado a las Cortes Generales un proyecto de ley de contratos del Sector Público que, entre otros temas, no define nuevos procedimientos de contratación ágiles y eficientes, recorta avances que suponía la norma europea , y no facilita el marco legal necesario para desarrollar una contratación pública responsable.

Para los municipios firmantes, esta es una oportunidad que hay que aprovechar para generar marcos legales que permitan hacer de la contratación pública una herramienta de transformación social y económica, y una muestra más de cómo se está materializando en ayuntamientos diversos, con gobiernos diferentes, uno nuevo e innovador paradigma de contratación como política pública estratégica y coherente con el mandato de la Directiva Europea.

En este sentido, las ciudades que han firmado hoy abren la declaración al resto de municipios que se quieran adherir.

DECLARACIÓN MUNICIPALISTA A FAVOR DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA SOSTENIBLE

1. Reconocer y reafirmar la importancia de una contratación pública sostenible que incorpore aspectos sociales y ambientales en la toma de decisiones, con el objetivo de contribuir a la transformación socioeconómica y la dinamización del tejido productivo local, de las pequeñas y medianas empresas y de todas aquellas organizaciones que generen impactos económicos, sociales y ambientales positivos.

2. Manifestar la preocupación con el texto del proyecto de Ley de Contratos del Sector Público presentado por el gobierno del PP para que no garantiza una contratación pública responsable, eficiente, íntegra, transparente y sostenible.

3. Reclamar que la ley de contratos del sector público incorpore los siguientes objetivos concretos:

  • Suprimir las Instrucciones de contratación que cada organismo del sector público puede redactar para regular su contratación y establecer un marco jurídico común que, respetando las competencias de las Comunidades Autónomas, asegure la participación de las empresas y especialmente las PYMES en condiciones de seguridad jurídica y igualdad de condiciones.
  • Ampliar el ámbito material para la interposición del recurso especial que abarque también a los contratos licitados públicamente de umbral no armonizado, a los efectos de atacar la corrupción en la contratación pública y eliminar las malas prácticas, garantizando en todo caso la eficiencia y sumario la resolución de los recursos que conocen los tribunales administrativos de recursos Contractuales.
  • Regular la contratación de los servicios públicos atendiendo a consideraciones singulares de calidad, territorialidad y accesibilidad en la prestación de los servicios.
  • Asegurar que el concepto de oferta económicamente más ventajosa se base en la óptima relación calidad precio, incorporando valoraciones de tipo social, ético, laboral, ambiental y de igualdad de género. Desarrollar las herramientas y procedimientos necesarios para que esto sea asumible.
  • Agilizar los procedimientos de contratación pública y regular un procedimiento abierto realmente simplificado que permita la selección
  • Garantizar el control y supervisión de la contratación pública con la constitución de un comisionado de las Cortes Generales que vele por la integridad y dirima los conflictos de intereses en los procedimientos de contratación, al tiempo que asegure la competencia leal entre las empresas.
  • Regular íntegramente la contratación electrónica, revisando los procesos y funcionalidades para agilizar el sistema de comunicación entre los agentes intervinientes. Definir el modelo y los sistemas que pueden seguir todas las administraciones públicas para la implantación de la contratación electrónica y regular el papel de los proveedores privados de servicios informáticos.
  • Atender las singularidades de la contratación de las administraciones locales considerando los medios humanos y materiales de que dispone y la amplitud de sus competencias directamente vinculadas con la satisfacción de las necesidades vitales de los ciudadanos de su territorio.
  • Regular las peculiaridades de los servicios a las personas, garantizando su universalidad y continuidad, la atención al usuario y la experiencia de las entidades prestadoras.
  • Potenciar la participación en la contratación pública de las pequeñas y medianas empresas, artesanos y proveedores locales y de proximidad y habilitar la posibilidad del pago directo del precio al subcontratista en caso de morosidad del contratista principal.
  • Regular la contratación reservada de servicios a las personas a favor de las empresas sociales.
  • Establecer mecanismos que faciliten la participación de las empresas sociales en la contratación pública para promover modelos de negocio generadores de efectos económicos ambientales, sociales y de buen gobierno positivos, reservando un segmento de la contratación no sometida a regulación europea a favor de éstas.
  • Regular la relación entre los órganos de la Administración local y los servicios competentes en materia de inspección laboral y ambiental para un mayor control en caso de incumplimiento por las empresas contratadas y subcontratadas de sus obligaciones ambientales, laborales y de Seguridad Social .
  • Regular la prohibición de contratar las empresas que directa o indirectamente, a través de empresas interpuestas, realicen actividades en paraísos fiscales a fin de incumplir sus obligaciones tributarias en el país donde llevan a cabo la actividad económica o para la realización de otras actividades ilícitas que, en todo caso, comportan la obtención de ventajas y generan una competencia desleal a las licitaciones públicas.

4. Trasladar este acuerdo a las instituciones europeas implicadas, el Gobierno de España, en las mesas del Congreso y del Senado ya los grupos políticos, así como a las entidades municipalistas y los agentes patronales y sindicales del país.