La fiscalización de los proyectos y las medidas cautelares adoptadas en el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet

Descripción de la fiscalización de actos y expedientes administrativos que se realiza habitualmente en el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet y las medidas cautelares adoptadas.

De Acuerdo con aquello que establece la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (art. 213 y siguientes) y tal y como queda explícitamente recogido en las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet, la fiscalización previa limitada se realiza de forma preceptiva en todos los actos administrativos excepto aquellos recogidos en el art. 219.1: gastos de material no inventariable, contratos menores y anticipos de caja inferiores a 3.005,06 €.

El proceso habitual
Esta fiscalización previa limitada, de acuerdo con la normativa vigente, sólo puede ser suspensiva en caso de falta de crédito (falta de consignación suficiente en las partidas correspondientes) para adoptar un acuerdo que implique la generación de obligaciones económicas por parte de la institución. En todos los otros casos los informes preceptivos de fiscalización previa limitada tienen el carácter de advertencia de legalidad y los órganos competentes (Alcalde, Junta Local de Gobierno y Pleno Municipal) pueden tomar los acuerdos que consideren, con plena responsabilidad, al margen de las observaciones o conclusiones que se puedan hacer en los informes de fiscalización previa limitada, que no pueden tener en ningún caso carácter suspensivo.

La fiscalización a posteriori, también de acuerdo con la normativa vigente, implica la auditoría completa de los expedientes una vez finalizados los mismos, comprobando todos los aspectos, tanto económicos como procedimentales, garantizando en todo caso el cumplimiento de la legalidad en todo el proceso. Esta fiscalización completa a posteriori se realiza sobre cada ejercicio mediante un procedimiento reglado de auditoría, sobre una muestra aleatoria de expedientes y mediante el concurso de auditores externos.

Las medidas cautelares adoptadas
Las medidas cautelares adoptadas por el Ayuntamiento de Santa Coloma en relación a los expedientes relacionados o citados en el auto del juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, y en relación a los gestionados por la empresa Gramepark SA, en la práctica representan la realización de un proceso avanzado de fiscalización completa de expedientes y procedimientos, mediante auditoría externa, completamente asimilable a la fiscalización a posteriori prevista por ley. Sólo que en este caso se hace, no sobre una muestra, sino sobre la totalidad, y no una vez finalizado el ejercicio sino en el momento actual de tramitación y ejecución de los expedientes.