El 1 de mayo es día festivo para los establecimientos comerciales

El Ayuntamiento comunica que no está permitida la apertura generalizada de los establecimientos del municipio.

Con motivo de las diversas consultas que recibimos en el ayuntamiento referente a la apertura de los comercios el próximo día 1 de Mayo , comunicamos que no está permitido la apertura generalizada de los establecimientos del Municipio
En este sentido recordamos que son 8 festivos para el año 2014 que se determinan mediante la Orden EMO/36/2014 , de 25 de febrero , en que todos los comercios podrán permanecer abiertos al público . 
Estos festivos son : 5 y 12 de enero , 6 de julio , 12 de octubre , 1 de noviembre y 6, 8 y 21 de diciembre , más 2 festivos que determina cada ayuntamiento para su término municipal y que en el ayuntamiento deSanta Coloma de Gramenet con consenso con las asociaciones más representativas acordaron los días 14 y 28 de diciembre de 2014 .

Los establecimientos dedicados esencialmente a la venta de productos de pastelería , repostería , churrería , pan , platos preparados , prensa , flores y plantas y la venta de combustibles y carburantes , no tienen ninguna limitación para determinar el horario de apertura de sus establecimientos al público .
Tampoco tienen ninguna limitación los establecimientos de venta personalizada o en régimen de autoservicio cuyos titulares son pequeñas o medianas empresas comerciales , que no pertenezcan a grupos o cadenas de distribución ni operen bajo el mismo nombre comercial , siempre que la superficie de venta no supere la establecida reglamentariamente para el formato de autoservicio ( 150m2 ) , como máximo, y tengan una oferta orientada exclusivamente a productos de compra cotidiana de alimentación . Estos establecimientos tienen la obligación de adelantar su horario de cierre a las 20'00h los días 24 y 31 de diciembre y deben permanecer cerrados los días 1 de enero y 25 de diciembre .

Las tiendas de conveniencia son establecimientos comerciales con una superficie de venta inferior a 500m2 y que distribuyen su oferta , de manera similar , entre todos y cada uno de los siguientes grupos de artículos : -libros , periódicos y revistas- ; -productos de alimentación ; -discos y vídeos- ; y - juguetes , regalos y artículos varios - . Estos establecimientos deben permanecer abiertos al público dieciocho horas al día como mínimo. Estos establecimientos también deberán adelantar su horario de cierre a las 20'00h los días 24 y 31 de diciembre y deben permanecer cerrados los días 1 de enero y 25 de diciembre .

Recordar que los establecimientos comerciales dedicados esencialmente a la venta al público de mercancías : horario general de apertura al público un máximo de 12 horas diarias , entre las 7'00h y las 22'00h , de lunes a sábado , con la obligación de cerrar domingos y festivos no específicamente autorizados . Los establecimientos dedicados esencialmente a la prestación de servicios: horario de apertura libre .