Con motivo de las diversas consultas que recibimos en el ayuntamiento referente a la apertura de los comercios el próximo día 1 de Mayo , comunicamos que no está permitido la apertura generalizada de los establecimientos del Municipio
En este sentido recordamos que son 8 festivos para el año 2014 que se determinan mediante la Orden EMO/36/2014 , de 25 de febrero , en que todos los comercios podrán permanecer abiertos al público . Estos festivos son : 5 y 12 de enero , 6 de julio , 12 de octubre , 1 de noviembre y 6, 8 y 21 de diciembre , más 2 festivos que determina cada ayuntamiento para su término municipal y que en el ayuntamiento deSanta Coloma de Gramenet con consenso con las asociaciones más representativas acordaron los días 14 y 28 de diciembre de 2014 .
Los establecimientos dedicados esencialmente a la venta de productos de pastelería , repostería , churrería , pan , platos preparados , prensa , flores y plantas y la venta de combustibles y carburantes , no tienen ninguna limitación para determinar el horario de apertura de sus establecimientos al público .
Tampoco tienen ninguna limitación los establecimientos de venta personalizada o en régimen de autoservicio cuyos titulares son pequeñas o medianas empresas comerciales , que no pertenezcan a grupos o cadenas de distribución ni operen bajo el mismo nombre comercial , siempre que la superficie de venta no supere la establecida reglamentariamente para el formato de autoservicio ( 150m2 ) , como máximo, y tengan una oferta orientada exclusivamente a productos de compra cotidiana de alimentación . Estos establecimientos tienen la obligación de adelantar su horario de cierre a las 20'00h los días 24 y 31 de diciembre y deben permanecer cerrados los días 1 de enero y 25 de diciembre .
Las tiendas de conveniencia son establecimientos comerciales con una superficie de venta inferior a 500m2 y que distribuyen su oferta , de manera similar , entre todos y cada uno de los siguientes grupos de artículos : -libros , periódicos y revistas- ; -productos de alimentación ; -discos y vídeos- ; y - juguetes , regalos y artículos varios - . Estos establecimientos deben permanecer abiertos al público dieciocho horas al día como mínimo. Estos establecimientos también deberán adelantar su horario de cierre a las 20'00h los días 24 y 31 de diciembre y deben permanecer cerrados los días 1 de enero y 25 de diciembre .
Recordar que los establecimientos comerciales dedicados esencialmente a la venta al público de mercancías : horario general de apertura al público un máximo de 12 horas diarias , entre las 7'00h y las 22'00h , de lunes a sábado , con la obligación de cerrar domingos y festivos no específicamente autorizados . Los establecimientos dedicados esencialmente a la prestación de servicios: horario de apertura libre .