Recomendaciones de la OMIC a raíz del apagón eléctrico

Ante la carencia de suministro del día 28, la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) recuerda los derechos en cuanto a daños materiales por interrupciones del servicio eléctrico.

En este sentido, se recomienda revisar los seguros contratados (hogar, comunidad de vecinos, etc…) para comprobar si cubren los daños ocasionados en electrodomésticos, ascensores o alimentos.

En caso afirmativo, es necesario comunicar el siniestro a la aseguradora en los 7 días posteriores a la incidencia o en el plazo que nos indique la póliza, de forma que quede constancia por escrito del trámite. Si se hace por teléfono, debe solicitarse el número de siniestro o referencia. Si no se tiene seguro, las reclamaciones deberán realizarse directamente en la empresa con la que se tenga contratado el suministro de electricidad.

En ambos casos, deben guardarse pruebas materiales de los daños: fotos, facturas, tickets de compra, etc.

Además, las empresas suministradoras están obligadas a descontar el tiempo que no prestaron servicio en la próxima factura. Es importante revisar bien las facturas y reclamarlo a la compañía o aseguradora en caso de que también se tenga cubierto en la póliza.

Finalmente, si una vez realizadas las comunicaciones o reclamaciones la aseguradora o la empresa de suministro no da respuesta en un mes, puede reclamar ante la OMIC.